¿Qué son los seguros de protección de pagos? II

En el anterior artículo nos acercamos a los seguros de protección de pagos tanto desde su utilidad propuesta como desde las diferentes coberturas que el producto nos podría ofrecer, coberturas que realmente hacen referencia a determinadas situaciones (incapacidad, baja laboral, desempleo…) en las cuales el usuario no podrá hacer frente a los pagos de devolución de un préstamo o crédito.

Sin embargo debemos afinar un poco más para entender claramente el producto, producto que por otro lado raramente vendrá asociado a la contratación de un préstamo de manera gratuita, es decir en la gran mayoría de ocasiones en las que se nos proponga la incorporación de un seguro de protección de pagos a un préstamo este seguro presentará unos costes determinados y que varían entre las propuestas de una entidad u otra, por tanto lo primero que tenemos que tener en cuenta es que poco o nada tienen que ver un seguro de protección de pagos con los diferentes seguros gratuitos asociados a productos de financiación; nos encontramos ante un producto de contratación separada con entidad propia independiente del préstamo crédito que vayamos a solicitar y por tanto con un coste propio a añadir al conjunto de la operación.

Lo anterior cobra especial relevancia si tenemos en cuenta que no son pocas las entidades financieras que nos van a pedir como elemento de vinculación esencial a la hora de la obtención de bonificación por ejemplo para un préstamo hipotecario la contratación en paralelo de este seguro de protección de pagos, es decir realmente la contratación de otro producto diferenciado como parte del proceso de vinculación con el usuario que le aporta a este una bonificación determinada sobre los intereses aplicables en el préstamo hipotecario.

Es por ello, y desde luego sin menospreciar el interés que el producto puede poseer y de hecho posee, que cuando hablamos de bonificaciones a los préstamos en forma de descuento sobre los intereses, fundamentalmente en el caso de los préstamos hipotecarios, siempre aconsejamos la revisión profunda de los productos en paralelo que se nos ofrecen (o exigen ) como contrastables a fin de lograr dicha bonificación; en ocasiones en la comparación entre lo que descontamos y lo que aumentamos de costes podemos llevarnos sorpresas.

Universidad del Ahorro